Directiva sobre etiquetado y manipulación de Jabón

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Con fecha 23 de febrero se publicó un Real Decreto que modifica la forma de actuación y en un punto de venta a la hora de vender cosmética a granel, o fraccionada, así como el etiquetado de la misma. 
Si se lee con detenimiento el texto del RD, queda claro que quien realiza la venta al consumidor final es responsable de informar sobe el producto con una etiqueta o prospecto en el momento de la venta.
La forma de realizar la manipulación del producto, así como el texto que deben contener las etiquetas, está disponibles en nuestra web en cada una de las referencias.

RD 85/2018 DEL 23 DE FEBRERO
Extraigo el texto que os afecta:

Artículo 7. Etiquetado de los productos cosméticos que se presenten sin envase previo o se envasen en el lugar de venta.

Los responsables de los productos cosméticos que se presenten sin envase previo, que se envasen en el lugar de venta a petición del comprador o que se envasen previamente para su venta inmediata, relacionados en el artículo 19.4 del Reglamento sobre productos cosméticos, dispondrán de etiquetas o prospectos que contengan las menciones obligatorias establecidas en el apartado 1 de ese mismo artículo 19. Estas etiquetas o prospectos se adherirán a los envases de los productos cosméticos o acompañarán a los mismos en el momento de su entrega al consumidor, y deberán ajustarse a los requisitos de lengua establecidos en el artículo 6.1.a) de este real decreto.

Artículo 27. Establecimientos fraccionadores.
  1. Los establecimientos que fraccionen para su venta al público productos cosméticos a granel destinados por su fabricante a dicho fraccionamiento, tales como colonias y jabones sólidos, realizarán el fraccionamiento conforme a las instrucciones y precauciones indicadas por el fabricante.
  2. Estos establecimientos tendrán la consideración de fabricantes o de distribuidores, según el caso, y asumirán todas las obligaciones que, como tales, les corresponden en el Reglamento sobre productos cosméticos y en este real decreto, quedando sometidos a la supervisión de las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas.
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